El SAT lanzó el programa de Regularización Fiscal para este 2026, que consiste en la disminución de hasta el 100% del monto de multas, recargos y gastos de ejecución para facilitar el pago de adeudos fiscales de personas físicas y de micro, pequeñas y medianas empresas.
Requisitos:
No haber recibido alguna condonación en el monto del pago de créditos fiscales.
No haber sido beneficiado por el estímulo fiscal al que se refiere el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025.
Que tus ingresos totales no excedieran de 300 millones de pesos en el ejercicio 2024.
No haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
No estar publicado en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación.
No ubicarte en términos del artículo 79, fracciones XXII, XXIII y XXIV, de la Ley del ISR, ni ser un ente ejecutor de gasto a que se refiere el artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Que las contribuciones y aprovechamientos a cargo, se paguen en los 15 días naturales siguientes a la fecha en que la autoridad entregue el formulario para pagar. En el caso de pago en parcialidades, que todos los formatos para pago proporcionados se paguen a más tardar en las fechas de vencimiento señaladas en cada uno.
¿A qué adeudos aplica?
Es aplicable a los adeudos de ejercicios 2024 o anteriores determinados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM):
Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o con cuotas compensatorias.
Multas* impuestas por la comisión de las infracciones señaladas en las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
Multas* derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago.
Multas* con agravantes.
(*) El estímulo fiscal será del 100% siempre que se determine en conjunto con contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias omitidas.
El estímulo fiscal será del 90% cuando se trate de créditos fiscales firmes constituidos exclusivamente por multas derivadas del incumplimiento de las obligaciones distintas a las de pago, siempre que se cumpla con la obligación omitida que dio origen a la multa.
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